Bases del XLI Certamen Provincial de Bandas de Música, año 2018

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PRIMERA.Podrán participar en el presente Certamen las Bandas de Música dependientes de las Sociedades Musicales Federadas de la Provincia de Castellón, que cumplan los requisitos que se establezcan en las siguientes bases.
Asimismo será de cumplimiento lo dispuesto en el Reglamento sobre Certámenes aprobado en la XLI Asamblea General de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana y el convenio entre la Excma. Diputación y la Federación de Sociedades Musicales, aprobado en Junta de Gobierno de fecha 18 de febrero de 2014.
SEGUNDA. A efectos de su participación, se establecen cuatro secciones:
Primera: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos entre 71 y 90 plazas.
1ª Sección: titulo `ANCHA ES CASTILLA` suite, Compositor: Antonio Ruda Peco.
Segunda: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos entre 51 y 70 plazas.
2ª Sección: titulo `CASTELLÓ` suite sinfonica, Compositor: Bernardo Adam Ferrero.
Tercera: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos entre 41 y 50 plazas.
3ª Sección: titulo `SINFONIETTA for Wind Ensemble`, Compositor: Juan Luis Roig.
Cuarta: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con número de músicos entre 31 y 40 plazas.
4ª Sección: titulo `ARGENTOLA`, Compositor: David Rivas Dominguez.
Del cómputo del número de plazas de cada banda, se excluirá el director y el abanderado.
TERCERA.La Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana presentará, previa solicitud de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, certificación de plantillas correspondientes a la bandas participantes, referida a los dos meses anteriores a la fecha de inicio del Certamen.
CUARTA.En las bandas participantes no podrán figurar más de cinco refuerzos ajenos a la misma, no pudiendo estos participar con ninguna otra banda inscrita en la misma sección.
QUINTA. Para el control de las plantillas de las bandas participantes se aplicará la normativa vigente a tal efecto, aprobada en Asamblea General por la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
SEXTA. Todos los componentes de las bandas que vayan a participar deberán ir provistos del D.N.I., para su identificación ante el control, dicha identificación se realizará por delegados de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
Si durante el control se considera que alguna Banda no cumple los requisitos adecuados y previo informe del Delegado de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana, el Jurado penalizará a la Banda con el no abono de los importes correspondientes en concepto de participación y en concepto de premio en el Certamen, previsto en las cláusulas vigésima y vigésimo primera de las bases.
SÉPTIMA. Las inscripciones deberán formularse mediante solicitud dirigida al Excmo. Sr. Presidente de la Diputación de Castellón, por el representante legal de cada Banda, según modelo que se inserta al final de estas bases. ANEXO I.
A los efectos de presentación de la solicitud solo se admitirá la vía telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Castellón, a la cual se podrá acceder a través del siguiente enlace https://dipcas.sedelectronica.es/
En ningún caso se aceptará la solicitud en formato papel, atendiendo al art. 14 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
OCTAVA. El plazo de inscripción será de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de publicación del EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón. Caso de que el plazo finalizará en sábado o festivo se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
Las bandas que resulten participantes, al objeto de confeccionar el programa del Certamen, deberán remitir a la Diputación a los tres días de celebrado el sorteo a que hace referencia la base décima, por e-mail a rsierra@dipcas.es
una fotografía actualizada de la banda en formato jpg, mínimo 4 megas.
el historial de la misma, como máximo DOS páginas, espacio interlinias 1,5, letra Arial 12.
currículum del director, como máximo UNA página, espacio interlinia 1,5, letra Arial 12.
titulo y autor del pasodoble a interpretar de un compositor de la provincia de Castellón.
Asimismo el día del sorteo las bandas participantes deberán presentar 5 EJEMPLARES ORIGINALES O COPIAS DE AUTOR (COPIAS AUTORIZADAS MEDIANTE LA FIRMA DEL AUTOR), de la partitura de la obra de libre elección.
La Diputación se reserva el derecho de modificar o corregir los textos remitidos por las bandas, con el fin de adaptarlos al contexto y finalidad del Certamen.
NOVENA. Se limita el número de bandas participantes, según las distintas categorías, a:
PRIMERA: 3 bandas
SEGUNDA: 5 bandas
TERCERA: 5 bandas
CUARTA: 2 bandas
DÉCIMA. Al objeto de determinar las bandas participantes y su orden de actuación, se efectuará un sorteo en el Palacio de la Diputación, ante el Presidente de la Corporación o Diputado en quien delegue, un representante de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana y un representante de cada una de las Sociedades inscritas.
Una vez realizado el sorteo y determinado el orden de actuación de las bandas, estas no podrán retirarse del Certamen, salvo en caso de fuerza mayor, so pena de quedar inhabilitadas para concurrir al mismo durante CINCO años consecutivos.
Las bandas que resulten excluidas en dicho sorteo, en función del número de orden alcanzado, tendrán reserva de plaza para la convocatoria del año siguiente, si así lo desean.
El número de plazas que se reservan no será superior a:
Sección Primera: 1 banda
Sección Segunda: 1 banda
Sección Tercera: 1 banda
Sección Cuarta: 1 banda
DECIMOPRIMERA. Las bandas concursantes realizarán sus audiciones por el orden que hayan obtenido en el sorteo previamente celebrado en la Diputación.
Las audiciones se realizarán los días 28 y 29 de abril de 2018, en horario a determinar, ambas en el Auditorio Palacio de Congresos de Castellón.
DECIMOSEGUNDA. En el caso de que por motivo de fuerza mayor no pudiera celebrarse alguna de las audiciones en las fechas que se hayan señalado, la Diputación, previa consulta con la Comisión de Control de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana, está facultada para suspender el acto, señalando nueva fecha para su celebración, sin que por estas suspensiones justificadas tengan las bandas derecho a reclamación ni indemnización ninguna.
DECIMOTERCERA. La prueba consistirá en la interpretación por cada banda, de dos obras, una de libre elección y otra obligada.
Previamente al concurso oficial cada banda interpretará un pasodoble no puntuable de un compositor de la provincia de Castellón, cuya duración se limita a un máximo de 5 minutos.
La obra de libre elección tendrán una duración máxima de 22 minutos, siendo la mínima de:
Primera Sección 15 minutos.
Segunda Sección 12 minutos.
Tercera Sección 10 minutos.
Cuarta Sección 10 minutos.
Las bandas que sobrepasen el tiempo de interpretación para la obra libre serán penalizadas. El jurado restará, de la calificación final, 4 puntos por cada minuto de exceso o defecto con relación al tiempo fijado de la obra a interpretar.
Las partituras de las obras obligadas serán facilitadas por:
La de 1ª Sección por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
La de 2ª Sección por la Excma. Diputación Provincial de Castellón.
La de 3ª Sección por la Excma. Diputación Provincial de Castellón.
La de 4ª Sección por la Excma. Diputación de Castellón.
Todas ellas podrán ser retiradas por las Sociedades participantes en el Servicio de Cultura de la Excma. Diputación Provincial de Castellón.
DECIMOCUARTA. El Jurado Calificador estará integrado por:
Presidente: El Excelentísimo Sr. Presidente de la Corporación o Diputado en quien delegue.
Vocales: Cinco músicos de reconocida solvencia, uno de ellos designado por la Subdirección General de Música de CulturArts Generalitat.
Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.
DECIMOQUINTA. Al final de la audición el Jurado procederá a puntuar a las bandas participantes, pudiendo asistir un representante de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana, sin voz ni voto. La Federación habrá entregado con anterioridad el acta correspondiente con las anomalías, si las hubiere, observadas en el control de los músicos.
La puntuación emitida por cada miembro del Jurado será de 0 a 10 puntos para cada uno de los aspectos siguientes: afinación, sonoridad, interpretación y técnica, tanto en la obra obligada como en la de libre elección. Las Sociedades Musicales que expresamente lo soliciten podrán conocer la puntuación total de cada uno de los aspectos puntuados.
Los miembros del Jurado dispondrán de fichas individualizadas para cada participante en las que se consignarán dichas puntuaciones y la clasificación que con arreglo a las puntuaciones se les otorgue.
Al finalizar la actuación de todas las bandas participantes, el Secretario recogerá las mencionadas fichas a cada miembro del Jurado y las guardará en sobre cerrado.
DECIMOSEXTA. El fallo del Jurado se hará público inmediatamente después de haber finalizado las audiciones de cada uno de los dos días en que se celebre el certamen, mediante lectura del acta correspondiente.
Asimismo mediante correo postal se les remitirá a cada una de las bandas participantes las fichas con las calificaciones correspondientes de cada uno de los miembros del jurado.
DECIMOSEPTIMA. Los premios se adjudicarán al mérito relativo. Solo en el caso de que en alguna sección concurriera una banda nada más, se tendrá en cuenta al adjudicar los premios, el mérito absoluto de la ejecución.
DECIMOOCTAVA. Las bandas clasificadas como número uno en cada Sección participarán en el Certamen de Bandas de Música de la Comunidad Valenciana, que organiza la Subdirección General de Música de CulturArts Generalitat, en la fecha y lugar que se determine por la misma.
DECIMONOVENA. En cada Sección se concederán los siguientes premios:
Primer premio: A todas las bandas que obtengan de 320 a 400 puntos.
Segundo premio: A todas las bandas que obtengan de 260 a 319 puntos.
Tercer premio: A todas las bandas que obtengan de 200 a 259 puntos.
Asimismo se otorgará una Mención de Honor a las bandas que consigan la mayor puntuación en cada una de las Secciones del Certamen.
Con el fin de reconocer la labor de los Directores que participan en el Certamen, se concederá una `Mención Honorífica` al Director de Banda ganador de alguna de las Secciones del presente año, siempre que hubiera resultado ganador de al menos 3 Certámenes Provinciales de Castellón a lo largo de su trayectoria profesional incluyendo la presente.
Asimismo se concederá un diploma de honor a la Banda que perteneciente a cualquiera de las Secciones, realice la mejor interpretación de una obra libre de compositor valenciano.
VIGÉSIMA. Se otorgarán a todas las bandas concursantes las siguientes cantidades en concepto de participación:
En la 1ª Sección: 4.500,00 €
En la 2ª Sección: 4.000,00 €
En la 3ª Sección: 3.500,00 €
En la 4ª Sección: 2.500,00 €
VIGÉSIMO PRIMERA. Se otorgará en concepto de premio a cada una de las bandas que consigan la Mención de Honor de:
1ª Sección, la cantidad de 2.100,00 € .
2ª Sección, la cantidad de 2.100,00 € .
3ª Sección, la cantidad de 2.100,00 € .
4ª Sección, la cantidad de 2.100,00 € .
El total del importe de los premios asciende a 64.400,00 euros que se harán efectivos con cargo a la partida presupuestaria 33401.4891300 documento contable rcfut nº 58252.
Previamente al cobro de los premios las entidades beneficiarias deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con la Hacienda Provincial.
A tales efectos la presentación a su participación en el Certamen conllevará la autorización del solicitante para que por la Diputación Provincial se pueda obtener de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley de Subvenciones, en el caso que la Diputación pueda acceder a dicha solicitud. En otro caso, deberán ser aportados los certificados por las Entidades.
VIGÉSIMO SEGUNDA. Las bandas inscritas interpretarán como obras obligadas las siguientes:
1ª Sección: titulo `ANCHA ES CASTILLA` suite, Compositor: Antonio Ruda Peco.
2ª Sección: titulo `CASTELLÓ` suite sinfonica, Compositor: Bernardo Adam Ferrero.
3ª Sección: titulo `SINFONIETTA for Wind Ensemble`, Compositor: Juan Luis Roig.

4ª Sección: titulo `ARGENTOLA`, Compositor: David Rivas Dominguez.

VIGESIMO TERCERA. Los concursantes, por el mero hecho de su presentación al Certamen, aceptan íntegramente las bases por las que se rige el mismo y ceden tanto sus derechos de imagen como de interpretación a la Diputación de Castellón para su grabación y retransmisión, tanto en directo como en diferido, por televisión, radio o Internet.

VIGÉSIMO CUARTA.
17.1 A los efectos de lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
*Ley 39/2015 art. 69.1: A los efectos de esta Ley, se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por un interesado en el que éste manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de su derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.
17.2 El plazo máximo para la resolución y la notificación de la resolución será de 3 meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro correspondiente.
17.3.Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación, todo ello de conformidad con el vigente tenor de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
Castellón de la Plana, (documento firmado electrónicamente al margen)
El Diputado Delegado de Cultura, Vicent Sales Mateu.-El Secretario General Acctal, Vicente Guillamón Fajardo.
ANEXO I
Enterado de la convocatoria del XLI CERTAMEN PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICA publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, núm. _____ de fecha _______________, por medio de la presente instancia manifiesta su voluntad y deseo de concurrir la banda que representa al Certamen citado en su sección _____________ (especificar, 1ª, 2ª, 3ª ó 4ª). La banda cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria cuyas bases conoce y acepta.
Interpretará como obra de libre elección: ______________________________
del autor compositor _________________________________________________.
Titulo del pasodoble a interpretar __________________________________.
Autor del pasodoble a interpretar __________________________________.
Dirigida por ______________________________________________________.
Se compromete por ello, caso de que resulte calificada con mayor puntuación, a acudir al CERTAMEN DE BANDAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, en el lugar y fecha que le sean indicados.
__________a _________________ de 2018
Firmado:

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