Bolsa de profesor/a de Trompeta en Mota del Cuervo, Cuenca

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BASES Y CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN POR EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN, DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESOR/A DE MÚSICA PARA EL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE MÚSICA DE MOTA DEL CUERVO (CUENCA), Y LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA – ESPECIALIDAD TROMPETA

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Es objeto de la presente convocatoria la formación de una Bolsa de Trabajo de Profesor/a de Música, Especialidad Trom- peta, para cubrir, mediante contratación laboral temporal, las eventualidades que surjan en el Conservatorio Profesional de Música de Mota del Cuervo, y la Escuela Municipal de Música, Ayuntamiento de Mota del Cuervo, por el procedimiento de Oposición, para cubrir las necesidades del servicio. Así mismo, la distribución de la jornada, turnos u horarios se realizará en atención a la programación del Conservatorio Profesional Municipal de Mota del Cuervo, y la Escuela Municipal de Música.

Tanto el número de horas, como su distribución, podrán ser modificadas en función del número de alumnos/as existentes en cada momento de vigencia del respectivo contrato, así como por la necesidad de adecuar las diferentes clases o activi- dades según los niveles o grupos de alumnos/as, para la obtención de un mejor rendimiento académico.

La contratación será de carácter laboral temporal, en función de la demanda del servicio, acogida a los artículos 2, 3 y 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, que regula las modalidades de contrato de trabajo para obra o servicio deter- minado, eventual por circunstancia de la producción y de interinidad por sustitución de trabajadores con reserva del puesto de trabajo, con la finalidad de atender la realización de aquellos servicios y, en su caso, tareas, que puntualmente determi- nase este Ayuntamiento, así como cubrir las bajas temporales que se produzcan en la plantilla del personal de esta Corpo- ración. La aceptación del puesto de trabajo llevará aparejada la flexibilidad horaria en función de las necesidades del ser- vicio.

El puesto estará dotado con las retribuciones básicas de Profesor/a de Música, incluidas en la RPT del Excmo. Ayuntamiento de Mota del Cuervo, correspondientes al grupo A2, y nivel de complemento de destino 18, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan a dicho puesto, con arreglo a la legislación vigente, proporcionales a la jornada efec- tivamente realizada en función de las necesidades del servicio.

Los/as Profesores/as que resulten contratados/as asumirán las funciones de impartir las clases en el horario establecido por el centro de acuerdo al programa que se oferta en el Conservatorio Profesional Municipal, y Escuela Municipal de Música, serán responsables del diseño, ejecución y evaluación de la formación en la especialidad para la que sean contratados/as, y desarrollarán, entre otras, las siguientes funciones:

  • Impartir clases de las asignaturas que le corresponden, tanto a los/as alumnos/as de la Escuela como del Conservato- rio.
  • Preparar y programar las clases.
  • Realizar tareas de estudio y perfeccionamiento del instrumento musical.
  • Participar en los ensayos y organizar y asistir a las audiciones trimestrales del centro.
  • Atender los requerimientos de los/as alumnos/as y sus progenitores/as.
  • Asistir a los claustros.
  • Asistir a las reuniones del Consejo Escolar
  • Realizar tutorías con las madres y padres de los/as alumnos/as
  • Acompañar a los/as alumnos/as en actividades extraescolares, salidas del centro a otras localidades, etc……
  • Realizar colaboraciones con asociaciones y colectivos de la localidad.
  • Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido/aSEGUNDA. PUBLICIDAD DE ESTA CONVOCATORIA Y SUS BASES.La presente convocatoria y sus Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Mota del Cuervo, y los sucesivos anuncios relativos a la convocatoria se publicarán, así mismo, en dicha Sede ElectrónicaNo será necesario efectuar notificaciones o avisos individuales a los/las candidatos/as sobre el desarrollo de las pruebas.

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BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa

Pág. 11 Lunes 24 de febrero de 2020 Núm. 22 TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Para ser admitidos/as, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes y mantenerlos hasta la finalización del proceso selectivo:

a) Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar el/la cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de dere- cho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores. Así mismo podrán participar los ciudadanos extranjeros de cual- quier otro Estado, siempre que cumplan los requisitos establecidos para ello en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero, reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y de su integración social.

b) Estar en posesión del Título Superior de Música de la Especialidad a la que se presenta regulado por el Real Decreto 21/2015, de 23 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación o titulación equivalente. Son titulaciones equivalentes, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1542/1994 de 8 de julio:

1. El Título de Profesor expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, y el Título de Profesional o de Profesor al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942 y diplomas de capacidad de planes anteriores a todos los efectos.

2. ElTítulodeProfesorexpedidoalamparodelDecreto2618/1966,de10deseptiembre,únicamenteaefectosdedocen- cia en las enseñanzas de música.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

  1. d)  Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  2. e)  Carecer de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual.
  3. f)  No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inha- bilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido some- tido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. No estar en causa de incompatibilidad en el marco de lo establecido en la Ley 53/84 de 26 de Diciembre y demás disposi- ciones concordantes.

g) Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se esta- blezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Los aspirantes con minusvalía deberán aportar certificación de discapacidad expedida por la Administración competente, con indicación de que la misma no incapacita para el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice la presentación de instancias y gozar de los mismos durante el procedimiento de selección y mientras se permanezca en la lista de espera.

CUARTA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y ADMISIÓN.

Quienes deseen tomar parte en el procedimiento de selección deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde- Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Mota del Cuervo. En ella manifestarán que reúnen todas y cada una de las condi- ciones exigidas en la Base 3a, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitu- des. Las solicitudes para tomar parte en esta selección se ajustarán al modelo que figura en el Anexo I de la presente convocatoria. A la solicitud se acompañará, además de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, todos los documentos que demuestren el cumplimiento de requisitos exigidos en la base TERCERA.

Los documentos presentados deberán ser originales, o en su defecto, copias compulsadas.

El plazo de presentación será de 10 días hábiles a partir de la publicidad de la presente resolución en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Mota del Cuervo. En el caso de que el último día del plazo fuera inhábil, el plazo finalizará el siguiente día hábil, debiendo efectuarse esta presentación en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma prevista en el artí- culo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Pág. 12 Lunes 24 de febrero de 2020 Núm. 22

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y sella- das por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas.

QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspiran- tes admitidos y excluidos, con expresa indicación de las causas de exclusión, que se hará pública en la Sede electrónica, concediéndose un plazo de 5 días hábiles para reclamaciones y subsanación de defectos, para el caso de que exista algún excluido. Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública con la relación definitiva de admitidos y excluidos, asimismo, en la forma indicada. Si no hubiera reclamaciones, la resolución provisional se elevará automáticamente a definitiva.

SEXTA. COMIENZO Y DESARROLLO

El comienzo de la valoración se anunciará, junto con el listado definitivo de admitidos y excluidos, que será publicado en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Mota del Cuervo, al menos, 48? horas antes del comienzo de la valoración.

SÉPTIMA. TRIBUNAL CALIFICADOR.

De conformidad con el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El Tribunal será designado por Resolución de la Alcaldía, que será publicada en el la Sede electrónica del Ayuntamiento, y será de cinco personas:

  • ⎯  Un/a Presidente/a
  • ⎯  Un/a Secretario/a
  • ⎯  Tres Vocales que determine la convocatoria.La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente con- vocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.OCTAVA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CALIFICACIÓN.El sistema de selección será el de Oposición.
    1. Los/as aspirantes serán valorados/as en una sola fase: Fase de InterpretaciónEl/la aspirante deberá interpretar una obra libre cuya duración no superará los 15 minutos. En el caso de interpretar una obra compuesta para instrumento y/o orquesta/piano, no será necesario aportar pianista acompañante.Esta prueba se puntuará de cero a diez puntos. El resultado será la suma de las puntuaciones efectuadas por todos los miembros del Tribunal, dividida por el número de miembros (media aritmética), y será de 10 puntos como máximo.NOVENA. RELACIÓN DE APROBADOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOSTerminada la calificación de los aspirantes, se publicará en la Sede electrónica, la valoración provisional por orden de pun- tuación, que determinará el llamamiento de los aspirantes para su contratación en función de las necesidades del Conser- vatorio Profesional Municipal, dándose un plazo de 5 días hábiles para presentar reclamaciones a la misma.Dichas reclamaciones serán resueltas por el Tribunal, si las hubiere, y serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la valoración definitiva, que será hecha pública en la Sede electrónica.A los efectos de contrataciones interinas o eventuales necesidades del servicio, los/as candidatos/as que no fuesen con- tratados, constituirán la lista de reserva. Dicha lista tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2020, prorrogable al 30 de junio de 2021 como máximo.Los aspirantes propuestos, podrán ser requeridos en el momento de su contratación para presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de los aspirantes y la titulación exigida, que habrán de mantener hasta el momento de ser llamados para su incorporación al servicio. Si los aspirantes propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos, no podrán ser contratados, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incu- rrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

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Pág. 13 Lunes 24 de febrero de 2020 Núm. 22 DÉCIMA. CONTRATACIÓN.

Los contratos se producirán por riguroso orden establecido en lista definitiva de puntuaciones, en función de las necesida- des del servicio, y atendiendo a las necesidades de contratación para el correspondiente curso escolar, según la demanda de usuarios en cada una de las especialidades ofertadas. Se podrá establecer en ellos un periodo de prueba de DOS MESES, y con las consecuencias que establece la normativa laboral sobre la no superación del mismo.

El tiempo, la jornada, y el horario de los contratos, estarán vinculados a las necesidades de personal del servicio del Con- servatorio Profesional Municipal de Mota del Cuervo y de la Escuela Municipal de Música. Tanto el número de horas así como su distribución podrá ser modificada en función del número de alumnos existentes en cada momento de vigencia del respectivo contrato, así como por la necesidad de adecuar las diferentes clases o actividades, según los niveles o grupos de alumnos/as para la obtención de un mejor rendimiento académico.

Los/as integrantes de la lista de reserva podrán ser llamados/as para posibles sustituciones o bajas en régimen de interini- dad. Las bajas temporales serán cubiertas por el tiempo necesario, que como máximo será la duración del contrato al que se sustituye. Las bajas definitivas, por renuncia, serán cubiertas como máximo hasta la finalización del contrato al que se sustituye.

El llamamiento se realizará mediante comunicación remitida al correo electrónico indicado en la solicitud, siendo éste obli- gatorio, especificándose la modalidad de contrato a formalizar, plazo y jornada.

El/la integrante de la Bolsa que sea llamado/a al objeto de formalizar contrato deberá responder en el plazo improrrogable de 24 horas si acepta o no la propuesta de trabajo. La falta de contestación o la renuncia al primer puesto propuesto ofer- tado conllevará su pase al último lugar de la Bolsa de trabajo. En el caso del segundo puesto ofertado, producirá su exclu- sión de la Bolsa. únicamente se respetará el lugar en la Bolsa si el/la aspirante justifica documentalmente su renuncia, por encontrase trabajando para otra administración pública o entidad privada.

UNDÉCIMA. CARACTERÍSTICAS DE LA BOLSA.

La Bolsa tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2020, prorrogable hasta el 30 de junio de 2021 como máximo.

DUODÉCIMA. INCIDENCIAS.

El tribunal calificador quedará facultado para resolver las dudas que se presente y tomar cuantos acuerdos sean necesa- rios para el buen orden del desarrollo de la selección, en todo lo no previsto en estas bases.

DECIMOTERCERA. IMPUGNACIONES.

La convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, podrán ser impug- nados por los/as interesados/as, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del PACAP.

En Mota del Cuervo a 20 de febrero de 2020
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. D. Jacobo Medianero Millán
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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ANEXO I

SOLICITUD DE ADMISIÓN A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA FORMACIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN, DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESORES DE MúSICA PARA EL CONSERVATORIO PROFESIONAL Y ESCUELA MUNICIPAL DE MúSICA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO

APELLIDOS: ……………………………………………………………………………………………………………
NOMBRE …………………………………………………………………………………………………………… ESPECIALIDAD A LA QUE SE PRESENTA ………………………………………………………………………………… DOMICILIO: …………………………………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………………………………………………….

DNI: …………………………………………………. TELÉFONO: …………………………………………………………………

Correo electrónico (obligatorio), a efectos de notificaciones: ………………………………………………………………………………………………………………………………..

-Títulos académicos (exigidos en la convocatoria):…………………………………………………… -Certificado negativo de delitos de naturaleza sexual, expedido por el Ministerio de Justicia -Otros: ……………………………………………………………………………………………………………

El/la abajo firmante SOLICITA ser admitido/a a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia, y DECLARA que son ciertos todos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso, y las especial- mente señaladas en la convocatoria citada (BASE TERCERA), comprometiéndose a probar todos los datos que figuran en la solicitud.

En Mota del Cuervo a ….. de ……………………………. de 2020

Firmado. D/Da

ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE MOTA DEL CUERVO.

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