AUDICIONES PARA OBOE EN ORQUESTA SINFÓNICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

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 RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2018, de la Gerencia de la Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias, por las que se convocan pruebas selectivas para la cobertura temporal (interinidad) de una plaza vacante de Oboe Coprincipal. 

1. Objeto de la convocatoria. 

Se convocan pruebas selectivas (AUDICIONES) para la cobertura temporal por interinidad de una plaza de Profesor Instrumentista Oboe coprincipal hasta la cobertura definitiva de la misma mediante el proceso selectivo correspondiente, que será objeto de convocatoria pública. 

2. Requisitos de los aspirantes. 

1) Nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea o de un tercer Estado al que se le reconozca la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea, así como los ciudadanos de otras nacionalidades con residencia legal en España. 

2) Edad comprendida entre los 18 años y la legal de jubilación. 

3) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. 

4) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el normal desarrollo de las funciones inherentes a la plaza. 

5) Estar en posesión del Título Superior de Música del instrumento o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, previamente al inicio de la prestación del servicio, deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio competente por razón de la materia. 

Los expresados requisitos de participación deberán poseerse el día final de presentación de solicitudes previsto en la base siguiente y mantenerse en la fecha de toma de posesión. 

3. Presentación de solicitudes y preselección de candidatos. 

Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas se harán on line a través de la plataforma Muv.ac. La fecha límite de presentación de solicitudes será hasta el día 27 de noviembre de 2018. Muvac enviará una confirmación de que la solicitud se ha realizado correctamente. Se recomienda que el aspirante se asegure de disponer de la justificación documental de la presentación de la solicitud dentro del plazo para posibles reclamaciones. 

Para la preselección de los candidatos, junto a las solicitudes se hará llegar un video de una única toma y un mínimo de 5 minutos de duración. El repertorio será a elección del candidato. 

3. Publicación de la convocatoria 

Además del BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, las bases de la convocatoria serán publicadas en la dirección de internet www.ospa.es y en el Tablón de Anuncios de la OSPA. Además se remitirá el anuncio de la convocatoria para su publicación en la página de la Asociación Española de Orquestas Sinfónicas (AEOS): www.aeos.es, Asociación de Músicos Profesionales de Orquestas Sinfónicas (AMPOS): www.ampos.es y en los Tablones Oficiales de los Conservatorios Superiores de Música y otras entidades del ámbito artístico tales como el Centro Superior de Música del País Vasco (Musikene: www.musikene.net), Escuela Superior de Música “Reina Sofía”:www.fundacionalbeniz.com, Escuela de Altos Estudios Musicales de Galicia: www.agadic.info. 

4. Lista de admitidos y excluidos, fecha de las pruebas y Tribunal Calificador. 

La lista de provisional y definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal calificador se darán a conocer en la semana del 3 de diciembre de 2018, por Resolución de la Gerencia que se publicará en el Tablón de Anuncios de la OSPA, pudiendo ser consultada en la dirección de internet: http://www.ospa.es. 

La Audición tendrá lugar el día 18 de diciembre 2018 a las 9:00 horas, en el Auditorio “Príncipe Felipe”, Plaza del Fresno nº1, 33007 Oviedo, Asturias. Auditorio Príncipe Felipe Plaza de la Gesta s/n 33007, Oviedo Tlf 985 96 33 22 Fax 985 24 58 73 www.ospa.es info@ospa.es C.I.F.: Q-8350004-A 

5. Estructura y calificación de las pruebas. 

Todas las pruebas serán de carácter obligatorio y eliminatorio. 

Primera prueba.- 

Mozart. Concierto para oboe y orquesta en Do M, K. 314 (I y II movimientos). 

Ejecución de los fragmentos para oboe que el Tribunal estime conveniente de entre los que se citan en el anexo. 

La primera prueba se calificará de 0 a 10 puntos, quedando excluidos aquellos candidatos que no obtengan una puntuación mínima de 7. 

Segunda prueba.- 

Consistirá en la ejecución de los fragmentos para oboe y corno inglés que el Tribunal estime conveniente de entre los que se citan en el Anexo. 

La segunda prueba se calificará de 0 a 10 puntos, quedando excluidos aquellos candidatos que no obtengan una puntuación mínima de 7. 

Tercera prueba.- 

Consistirá en la ejecución de los fragmentos para oboe y corno inglés que el Tribunal estime conveniente de entre los que se citan en el Anexo. 

Igualmente, el Tribunal podrá proponer en esta tercera prueba a los aspirantes la ejecución de fragmentos a primera vista, así como volver a escuchar obras o fragmentos de las pruebas primera y segunda. 

La tercera prueba se calificará de 0 a 10 puntos, quedando excluidos aquellos candidatos que no obtengan una puntuación mínima de 8. 

El Tribunal podrá cambiar el orden de las pruebas. 

La puntuación final obtenida será el resultado de la suma de todas las pruebas realizadas. 

6. Desarrollo de las pruebas. 

Para un correcto desarrollo de las pruebas se atenderá a lo siguiente: 

  1. a) Todos los aspirantes deberán ir provistos del instrumento o instrumentos necesarios para la realización de la prueba, quedando la OSPA eximida de toda responsabilidad con respecto al mismo. 
  2. b) Todos los aspirantes asumirán los gastos de alojamiento, manutención, viajes, o cualquier otro que ocasione la realización de las pruebas. 
  3. c) En cada prueba, la comparecencia de los aspirantes será requerida de viva voz y finalizada la prueba del aspirante que le antecede, a excepción del primero, quedando excluidos quienes no comparezcan en el acto, salvo que el Tribunal decida realizar un segundo llamamiento. 
  4. d) El Tribunal podrá, en cualquier momento de la intervención de un aspirante, dar por finalizada la ejecución de la interpretación de un fragmento. 
  5. e) El Tribunal podrá exigir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad. 
  6. f) No se facilitarán partituras de las obras objeto de las pruebas a los aspirantes. Se aconseja que cada aspirante acuda a las pruebas con su partitura de los conciertos elegidos y con su libro de fragmentos, aunque también dispondrán de un ejemplar de los fragmentos en el atril el mismo día de la prueba. 
  1. g) Previamente al comienzo de las pruebas, se realizará un sorteo para establecer el orden de actuación de los aspirantes; seguidamente se asignará un número a cada aspirante y se procederá al llamamiento por número, en orden creciente, sin que en ningún momento se haga pública la identidad del aspirante. Finalizada la prueba del aspirante que le antecede, a excepción del primero, quedarán excluidos quienes no comparezcan en el acto, salvo que el Tribunal decida realizar un segundo llamamiento. 
  1. h) Igualmente y para preservar la identidad de los aspirantes durante su actuación, las pruebas se realizarán con cortina o cualquier otro medio que permita mantener oculta dicha identidad. De igual modo, el proceso de afinación del instrumento se podrá realizar antes de salir o bien dentro de la sala; en este último caso el pianista dará la nota de afinar al aspirante un máximo de tres veces y no se podrá preludiar antes de comenzar la 

Auditorio Príncipe Felipe Plaza de la Gesta s/n 33007, Oviedo Tlf 985 96 33 22 Fax 985 24 58 73 www.ospa.es info@ospa.es C.I.F.: Q-8350004-A 

  1. ejecución de cada obra o fragmento. Cualquier melodía o comportamiento extraño que pueda interpretarse como una señal o código puede suponer la expulsión de la audición, a criterio del Tribunal Calificador. 
  2. i) El Tribunal será el encargado para resolver todas las dudas que se susciten en el transcurso del proceso selectivo. 
  3. 7. Contratación. 

Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador elaborará la lista de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por orden decreciente de puntuación. 

Al aspirante que haya obtenido la máxima puntuación, siempre que ésta haya sido igual o superior a 7 puntos en las pruebas primera y segunda e igual o superior a 8 puntos en la tercera, se le propondrá la suscripción de un contrato laboral temporal de interinidad, a jornada completa, para la cobertura temporal de la plaza de Oboe coprincipal, que se encuentra vacante en la plantilla de la OSPA. La duración del contrato será hasta la cobertura definitiva de dicha plaza mediante el proceso selectivo correspondiente, que será objeto de convocatoria pública, salvo que por el órgano competente se decida su amortización. Se establecerá un período de prueba de 6 meses. 

En función del número de aspirantes presentados, el Tribunal se reserva la posibilidad de establecer una puntuación mínima para pasar a cada una de las pruebas. 

Cuando sean llamados para su contratación, deberán presentar en la OSPA la documentación acreditativa de reunir todos los requisitos señalados en la base segunda, pasando al siguiente aspirante en caso contrario. 

Los aspirantes, que no habiendo obtenido plaza, hayan obtenido una puntuación final superior o igual a 6 puntos en la segunda prueba, pasarán a formar parte de la Bolsa de Trabajo de Oboe y ocuparán el puesto correspondiente en la en función de la puntuación obtenida. 

8. Norma final. 

La Bolsa de empleo tendrá una duración de 1 año o hasta que se realicen nuevas pruebas para una nueva Bolsa; en lo no previsto en estas bases, las Bolsas de Empleo se regularán, con carácter general, por lo establecido en la Resolución de 20 de febrero de 2004, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se establecen normas para la adscripción de personal no permanente (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 4-3-2004) y normas de desarrollo. 

Será de aplicación el IV Convenio Colectivo de la OSPA (BOPA 9-XII-2009) en lo relativo a provisión de vacantes y el Reglamento de Selección e Ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 68/1989, de 4 de mayo. 

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta del Consejo Rector de la OSPA, en el plazo de un mes, sin perjuicio de que se interponga cualquier otro que a juicio del interesado resulte más conveniente para la defensa de sus derechos e intereses. 

Oviedo a 23 de octubre de 2018.- La Gerente de la OSPA. Auditorio Príncipe Felipe Plaza de la Gesta s/n 33007, Oviedo Tlf 985 96 33 22 Fax 985 24 58 73 www.ospa.es info@ospa.es C.I.F.: Q-8350004-A 

ANEXO-REPERTORIO 

Extractos orquestales 

OBOE 

Bartok. Concierto para orquesta (II movimiento, parte de oboe segundo). Pág. 2. 

Beethoven. Sinfonía nº3 (II y III movimientos). Pág. 3 y 4. 

Brahms. Variaciones sobre un tema de Haydn (parte de oboe segundo). Pág. 9. 

Brahms. Sinfonía nº1 (II movimiento). Pág. 10. 

Brahms. Concierto para violín. (II movimiento). Pág. 10 y 11. 

Dvorak. Concierto para violonchelo (II movimiento, parte de oboe segundo). Pág. 11. 

Mendelssohn. Sinfonía nº3. (II movimiento). Pág. 13 y 14. 

Ravel. Le Tombeau de Couperin (I movimiento). Pág. 18 y 19. 

Rossini. La scala di seta. Pág. 20. 

Strauss. Don Juan. Pág. 26. 

Stravinsky. Pulcinella (I, II, V y VI con variación). Pág. 31 y 32. 

Tchaikovski. Sinfonía nº4 (II movimiento). Pág. 34. 

CORNO INGLÉS 

Dvorak. Sinfonía nº9. (II movimiento). Pág. 45. 

De Falla. El sombrero de tres picos (Farruca). Pág. 45. 

Ravel. Concierto para piano en Sol M. (II movimiento). Pág. 46 y 47. 

Rossini. Guillermo Tell. Pág. 47 

Nota: Todos los extractos están extraídos del Probespiel. 

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