LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA PUBLICA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACONDICIONAR LOCALES DE LAS SOCIEDADES MUSICALES

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Ayer se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia el extracto de la convocatoria por la que se concederán las ayudas y subvenciones para el acondicionamiento, mejora o conservación de los bienes inmuebles destinados a actividades musicales. El plazo de presentación es de 20 días hábiles a contar desde hoy.

 
Podrán acceder a estas ayudas las sociedades musicales que sean propietarias o tengan un derecho de uso de los solares, edificios o locales objeto de la convocatoria, o en su defecto entidades públicas propietarias de los solares, edificios o locales. En cualquier caso, éstos inmuebles han de estar físicamente ubicados en la provincia de Valencia.
Las bases que regulan la concesión de estas subvenciones están recogidas en el BOP 203 de 20 de octubre, a partir de la página 41. Las solicitudes, que podrán realizarse hasta el día 2 de febrero, han de ser formuladas por quienes tengan la representación de la propiedad del inmueble, y se dirigirán al presidente de la Diputación de Valencia, entregándolas en el Registro General de la Diputación de Valencia.
Junto a la solicitud, deberá ir la documentación requerida:
  • certificación en que conste el nombre de la actuación y el importe solicitado,
  • declaración de no haber recibido ninguna otra ayuda para el mismo fin
  • declaración acreditativa de la autorización del titular del inmueble (en caso de que el solicitante sea otra persona)
  • declaración de no estar sometido a prohibiciones para obtener la condición de beneficiario según la Ley General de Subvenciones
  • declaración de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias.
Las subvenciones se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, atendiendo a la puntuación de los criterios que se tendrán en cuenta:
  • Ayudas recibidas en años anteriores: si nunca se ha recibido esta subvención en las tres últimas convocatorias, el solicitante tendrá que reseñarlo expresamente.
  • Población del municipio.
  • Compromiso de aportación en porcentaje sobre el total que se ha de financiar.
  • Necesidades para la actividad de la sociedad del proyecto propuesto.

 

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